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Diferencia entre nuda propiedad y usufructo: explicación sencilla

9 min de lectura

Balanza representando el equilibrio entre nuda propiedad y usufructo

Diferencia entre nuda propiedad y usufructo: explicación sencilla

La nuda propiedad y el usufructo son dos conceptos jurídicos que van siempre de la mano, pero que generan muchas dudas. En este artículo te explicamos de forma clara y con ejemplos prácticos qué es cada uno, en qué se diferencian y qué derechos y obligaciones tiene cada parte.

¿Qué es el pleno dominio?

Para entender la diferencia entre nuda propiedad y usufructo, primero hay que comprender el concepto de pleno dominio. El pleno dominio es la propiedad completa de un bien inmueble, que incluye tres facultades fundamentales:

  • Uso: el derecho a utilizar el bien (vivir en la vivienda).
  • Disfrute: el derecho a obtener los frutos del bien (alquilarlo y cobrar rentas).
  • Disposición: el derecho a vender, donar o transmitir el bien.

Cuando el pleno dominio se divide, nacen dos derechos reales independientes: la nuda propiedad y el usufructo.

¿Qué es la nuda propiedad?

La nuda propiedad es el derecho de ser titular de un inmueble sin poder usarlo ni disfrutarlo. El nudo propietario es el dueño registral del bien, pero no puede vivir en él ni alquilarlo mientras exista un usufructo vigente.

Características de la nuda propiedad

  • Es un derecho real inscrito en el Registro de la Propiedad.
  • Otorga la titularidad del inmueble.
  • No permite el uso ni el disfrute del bien.
  • Es transmisible: el nudo propietario puede vender su derecho.
  • Se convierte en pleno dominio cuando el usufructo se extingue.

¿Qué puede hacer el nudo propietario?

Acción¿Permitida?Observaciones
Vender la nuda propiedadEl comprador adquiere la nuda propiedad con el usufructo vigente
Vivir en la viviendaNoMientras exista el usufructo
Alquilar la viviendaNoEse derecho corresponde al usufructuario
Hipotecar la nuda propiedadCon limitaciones prácticas
Realizar obras estructuralesSolo reparaciones extraordinarias
Exigir que el usufructuario conserve el bienEs su derecho fundamental

¿Qué es el usufructo?

El usufructo es el derecho real de uso y disfrute sobre un bien ajeno. El usufructuario puede vivir en la vivienda, alquilarla y obtener sus frutos, pero debe conservar la forma y sustancia del bien.

Tipos de usufructo

Usufructo vitalicio

Es el más habitual en operaciones de nuda propiedad. Dura toda la vida del usufructuario y se extingue con su fallecimiento. Es la modalidad preferida por las personas mayores que venden la nuda propiedad de su vivienda.

Usufructo temporal

Se establece por un período determinado (por ejemplo, 10 o 20 años). Al finalizar el plazo, el nudo propietario recupera el pleno dominio independientemente de la situación del usufructuario.

La ley otorga al cónyuge viudo un usufructo sobre parte de la herencia del fallecido. Es una de las formas más frecuentes de constitución de usufructo en España.

¿Qué puede hacer el usufructuario?

Acción¿Permitida?Observaciones
Vivir en la viviendaEs su derecho principal
Alquilar la viviendaPuede percibir las rentas
Realizar mejoras ordinariasMantenimiento y conservación
Vender el usufructoAunque es poco habitual
Modificar la estructuraNoDebe conservar la forma y sustancia
Transmitir por herenciaNoEl usufructo vitalicio se extingue con la muerte

Más detalles en nuestro artículo sobre derechos del usufructuario y del nudo propietario.

Tabla comparativa: nuda propiedad vs. usufructo

AspectoNuda propiedadUsufructo
¿Quién es titular?Nudo propietarioUsufructuario
¿Puede vivir en la casa?No
¿Puede alquilar?No
¿Puede vender su derecho?Sí (poco habitual)
¿Se hereda?No (el vitalicio se extingue)
¿Paga IBI?No (salvo pacto)
¿Paga comunidad?No (salvo pacto)
¿Paga reparaciones extraordinarias?No
¿Paga gastos ordinarios?No
Inscripción registral
Valor económicoCrece con el tiempoDecrece con el tiempo

¿Cómo se calcula el valor de cada parte?

Valor del usufructo (regla fiscal del 89)

La fórmula fiscal para calcular el valor del usufructo vitalicio es:

Valor del usufructo (%) = 89 - edad del usufructuario

Con un mínimo del 10% y un máximo del 70%.

Valor de la nuda propiedad

Valor de la nuda propiedad (%) = 100% - Valor del usufructo (%)

Ejemplo práctico

Situación: Vivienda valorada en 300.000 €. Usufructuario de 75 años.

ConceptoCálculoResultado
Valor del usufructo89 - 75 = 14%42.000 €
Valor de la nuda propiedad100% - 14% = 86%258.000 €

En la práctica, el precio de mercado de la nuda propiedad suele situarse entre el 50% y el 70% del valor total del inmueble, ya que intervienen factores como la ubicación, el estado de la vivienda y la esperanza de vida estadística.

Más información sobre la fiscalidad en nuestra guía de impuestos en la nuda propiedad.

Obligaciones de cada parte

Obligaciones del usufructuario

  1. Conservar la forma y sustancia del inmueble (artículo 467 del Código Civil).
  2. Realizar las reparaciones ordinarias necesarias para el mantenimiento.
  3. Pagar los gastos corrientes: IBI, comunidad, suministros, tasa de basuras.
  4. Hacer inventario de los bienes al inicio del usufructo (en algunos casos).
  5. Prestar fianza si así lo establece el título constitutivo.
  6. Comunicar al nudo propietario cualquier acto de tercero que pueda perjudicar la propiedad.

Obligaciones del nudo propietario

  1. Respetar el derecho de usufructo sin perturbar al usufructuario.
  2. Asumir las reparaciones extraordinarias (estructura, tejado, fachada).
  3. No alterar la forma y sustancia del bien sin consentimiento del usufructuario.
  4. No realizar actos que disminuyan el valor del usufructo.

¿Cuándo se reúnen nuda propiedad y usufructo?

La nuda propiedad y el usufructo vuelven a unirse (consolidación del pleno dominio) cuando:

Por fallecimiento del usufructuario

Es la causa más habitual. Al fallecer el usufructuario vitalicio, el usufructo se extingue automáticamente y el nudo propietario recupera el pleno dominio sin necesidad de ningún trámite adicional más allá de la inscripción registral.

Por renuncia del usufructuario

El usufructuario puede renunciar voluntariamente a su derecho. Esto puede implicar una compensación económica del nudo propietario.

Por cumplimiento del plazo

En el usufructo temporal, al finalizar el período pactado.

Por consolidación

Cuando una misma persona adquiere tanto la nuda propiedad como el usufructo.

Por pérdida total del bien

Si el inmueble se destruye completamente (incendio, derrumbe), se extinguen ambos derechos.

Más detalles en nuestro artículo sobre extinción del usufructo y plazos.

Ejemplos prácticos de la vida real

Ejemplo 1: Jubilada que vende la nuda propiedad

Ana, 78 años, viuda, tiene un piso en Valencia valorado en 250.000 €. Su pensión de 800 € mensuales no le permite cubrir todos sus gastos.

  • Vende la nuda propiedad y recibe 150.000 €.
  • Conserva el usufructo vitalicio: sigue viviendo en su piso.
  • Como usufructuaria: paga el IBI, la comunidad y los suministros.
  • El nudo propietario: asume las derramas extraordinarias y reparaciones estructurales.

Ejemplo 2: Herencia con usufructo del cónyuge viudo

Manolo fallece y deja su vivienda a sus dos hijos. Su esposa Pilar recibe el usufructo legal del cónyuge viudo.

  • Pilar (usufructuaria): vive en la casa y paga los gastos ordinarios.
  • Los hijos (nudos propietarios): son los titulares pero no pueden usar la vivienda.
  • Cuando Pilar fallezca: los hijos consolidan el pleno dominio.

Ejemplo 3: Inversor que compra nuda propiedad

Carlos, 45 años, quiere invertir en inmobiliario a largo plazo. Compra la nuda propiedad de un piso en Madrid por 180.000 € (valor de mercado: 350.000 €).

  • Ahora: Carlos es nudo propietario, no puede usar el piso.
  • Paga: solo reparaciones extraordinarias si las hay.
  • En el futuro: cuando se extinga el usufructo, tendrá el pleno dominio de un piso que probablemente valdrá más de 350.000 €.

Para más información sobre inversión, consulta nuestro artículo sobre invertir en nuda propiedad.

Preguntas frecuentes

¿El usufructuario puede vender la vivienda?

No. El usufructuario puede vender su derecho de usufructo, pero no la vivienda en sí. La venta del inmueble corresponde al nudo propietario.

¿Qué pasa si el usufructuario no mantiene la vivienda?

El nudo propietario puede exigir judicialmente que el usufructuario cumpla su obligación de conservación. En casos graves de deterioro, podría solicitar la extinción del usufructo.

¿Puede el nudo propietario entrar en la vivienda?

No sin permiso del usufructuario. El usufructuario tiene la posesión exclusiva del inmueble mientras dure su derecho.

¿Qué ocurre con la hipoteca si se vende la nuda propiedad?

Si la vivienda tiene hipoteca, esta debe cancelarse antes de la operación o, en su caso, el comprador puede subrogarse en ella. Lo habitual es que la vivienda esté libre de cargas.

¿Puede el usufructuario ceder su derecho a otra persona?

, el usufructuario puede ceder o arrendar su derecho, salvo que el título constitutivo lo prohíba expresamente. Sin embargo, el usufructo sigue extinguiéndose con la muerte del usufructuario original.

Conclusión

La nuda propiedad y el usufructo son las dos caras de la misma moneda: juntas forman el pleno dominio de un inmueble. Entender sus diferencias es fundamental tanto para quienes consideran vender la nuda propiedad como para los inversores que buscan oportunidades inmobiliarias con descuento.


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